¿Qué es el Protocolo

Texto del Protocolo

Signatarios y Estados Parte

Convertirse en Estado Parte

Cláusula del “No Reconocimiento”

Ejemplos de Procesos de Ratificación

Beneficios

Entrando en vigor

Preocupaciones Gubernamentales

Papel de los Parlamentarios

Consejos para las ONGs

 

La Administración
Procedimiento para Comunicaciones
El Procedimiento de Investigación
La Aplicación
Recursos Bajo el Protocolo
Jurisprudencia Relevante
“¡Nuestros Derechos No Son Opcionales!”
Preguntas Frecuentes


 

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Los Beneficios de la Ratificación/Adhesión del Protocolo Facultativo en la Convención de la CEDAW

Las ventajas y las desventajas de tener un Protocolo Facultativo de la Convención de la CEDAW fueron expuestas durante las sesiones del grupo de trabajo de composición abierta de la Comisión sobre el Estatus Jurídico y Social de la Mujer , que se reunió durante un periodo de tres años durante al redacción del Protocolo Facultativo actual. El grupo de trabajo tomó en consideración el parecer de los gobiernos, de las organizaciones inter-gubernamentales y no-gubernamentales sobre las ventajas potenciales y las preocupaciones existentes sobre la evolución de un mecanismo de quejas dentro de la Convención de la CEDAW. El Protocolo Facultativo resultante representa el intercambio de ideas y procura tomar en consideración las preocupaciones de todas las personas que estuvieron involucradas en el proceso de redacción. También es importante mencionar que los Estados Miembros de la ONU adoptaron colectivamente una resolución sobre el Protocolo Facultativo de la CEDAW y que al hacerlo, expresaron su voluntad política de promover este instrumento.

Cuando se tienen en cuenta los beneficios de la ratificación de un tratado de derechos humanos, es importante considerar el impacto que ha tenido la Convención de la CEDAW en el ámbito nacional. La implementación nacional de la Convención de la CEDAW ha dado paso a muchos cambios positivos en las leyes, políticas y procedimientos. Estos cambios, impulsados por los gobiernos y la sociedad civil, han llevado a un aumento de la conciencia, en todos los niveles de la sociedad, de la necesidad de promover y de proteger los derechos humanos de las mujeres. Algunos ejemplos son:

  • Enmiendas a las constituciones nacionales, prohibiendo la discriminación contra la mujer;
  • Análisis de las leyes nacionales a la luz de las obligaciones del Estado bajo la CEDAW y la enmienda de aquellas que no llenan los requisitos de la Convención;
  • Interpretación de las leyes nacionales según el espíritu de la Convención de la CEDAW;
  • Aprobación de nuevas leyes para garantizar la eliminación de la discriminación contra la mujer;
  • Creación de nuevos ministerios e instituciones gubernamentales para promover el adelanto de la mujer;
  • Establecimiento de Comisiones de Igualdad independientes para monitorear violaciones de los derechos humanos de las mujeres y para dar asesoría, información y apoyo en caso de litigio;
  • Desarrollo de programas educativos dirigidos a la promoción de los derechos de las mujeres y/o difusión de la Convención de la CEDAW y las Recomendaciones Generales emitidas por el Comité de la CEDAW.

Los beneficios del Protocolo de la CEDAW han sido examinadas y ampliadas en muchos artículos, foros y organizaciones antes y después de que este tratado existiera. Se ha generado información en abundancia en cuanto a la necesidad y los beneficios de tener protocolos opcionales en las convenciones internacionales en general y en la Convención de la CEDAW en particular. Algunos de los beneficios del Protocolo ya citados son:

  • La mejora y la expansión de los mecanismos de ejecución de normas existentes dentro del sistema de la ONU;
  • Mejor comprensión de todas las dimensiones de los derechos establecidos en la Convención de la CEDAW y por ende, un aumento en la protección y la promoción eficaz de los derechos humanos de las mujeres; y
  • El fortalecimiento de la Convención de la CEDAW, al colocarla en condiciones de mayor igualdad con los mecanismos de otros tratados de derechos humanos y al garantizar que se emplee en todo su potencial.

Algunos de los logros más importantes del Protocolo son aquellos que contribuirán a la implementación nacional de la Convención de la CEDAW. Específicamente:

Mejorará la comprensión de la Convención de la CEDAW al nivel nacional y contribuirá al desarrollo de legislación orientada a eliminar la discriminación. El Procedimiento para Comunicaciones del Protocolo de la CEDAW es necesario para permitir una interpretación y aplicación practica de la Convención de la CEDAW en circunstancias específicas. Puesto que el Procedimiento para Comunicaciones requiere que se agote la vía interna, el Protocolo Facultativo permitirá que las cortes nacionales desarrollen jurisprudencia adicional en materia de discriminación. Al enfrentar más casos de discriminación contra las mujeres, los órganos judiciales evaluarán las leyes y políticas nacionales y recomendarán cambios en la legislación o practicas nacionales, a la luz de los principios de igualdad substantiva y de no-discriminación establecidos en las constituciones nacionales y en la Convención de la CEDAW.

Estimulará a los Estados a tomar otras medidas para implementar la totalidad de derechos legales contenidos en la Convención de la CEDAW y detonará cambios en las leyes y en las prácticas discriminatorias que limitan el acceso a la justicia para las mujeres. La existencia de los Procedimientos contenidos en el Protocolo Facultativo de la CEDAW puede instar a los Estados Partes a tomar medidas eficaces para asegurarle a las mujeres el acceso a la justicia y así poder resolver demandas al nivel nacional y evitar el escrutinio internacional. Los Estados Partes del Protocolo Opcional de la CEDAW renovarán su compromiso de desarrollar mecanismos que garanticen que las mujeres tendrán acceso a recursos legales cuando les son violados sus derechos humanos.

Creará más conciencia pública sobre los estándares de los derechos humanos relacionados a la discriminación contra la mujer. El Protocolo Facultativo de la CEDAW puede contribuir a un mejor conocimiento y difusión de los derechos contenidos en la Convención de la CEDAW en la sociedad civil y funcionarios de gobierno. Además, el ratificar o adheririse al Protocolo indica que los Estados Partes emprenden, de acuerdo con el Artículo 13, la tarea de publicitar la Convención de la CEDAW y su Protocolo Facultativo al igual que “facilitar el acceso a información sobre los comentarios y las recomendaciones del Comité, en particular, sobre asuntos que conciernen a ese Estado Parte.”

Fuente: Algunos de los argumentos presentados aquí en favor del Protocolo de la CEDAW fueron presentados en una ponencia preparada por Donna Sullivan y presentada por el Centro para el Liderazgo Global de las Mujeres durante la sesión en 1997 de la Comisión sobre la Condición Jurídica y Social de la Mujer . Otros puntos fueron tomados de “Understanding the Optional Protocol to the Women’s Convention: A Guide to Adoption” por Laboni Amena Hoq (IWRAW Asia Pacific, 1999). Otra fuente es The Convention on the Elimination of All Forms of Discrimination Against Women: Handbook for Parliamentarians, (ONU, 2003).

 

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Esta página se actualizó por última vez el 24 de julio del 2006

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