¿Qué es el Protocolo

Texto del Protocolo

Signatarios y Estados Parte

Convertirse en Estado Parte

Cláusula del “No Reconocimiento”

Ejemplos de Procesos de Ratificación

Beneficios

Entrando en vigor

Preocupaciones Gubernamentales

Cuestiones y Preocupaciones, durante las Negociaciones del Protocolo

Razones por las cuales los Gobiernos deben Convertirse en Estados Partes

Papel de los Parlamentarios

Consejos para las ONGs

 

La Administración
Procedimiento para Comunicaciones
El Procedimiento de Investigación
La Aplicación
Recursos Bajo el Protocolo
Jurisprudencia Relevante
“¡Nuestros Derechos No Son Opcionales!”
Preguntas Frecuentes


 

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¿Pueden las personas individuales iniciar comunicaciones sobre artículos de la Convención objeto de reserva?: La aplicabilidad del Protocolo de la CEDAW a las reservas existentes de los Estados Partes.

Preocupación :

El Protocolo de la CEDAW no se compromete a respetar las reservas substantivas presentadas por los Estados Partes con respecto a la Convención de la CEDAW.

Respuesta :

Bajo el Protocolo de la CEDAW, la cuestión del poder del Comité de la CEDAW en lo referente a las reservas a la Convención de la CEDAW no es tratada de manera explícita. Así, no ofrece guía para determinar si el Comité puede proceder a atender un caso que entra dentro del alcance sustantivo de una reserva si considerara que la reserva no es válida a causa de su incompatibilidad con el objetivo y el propósito de la Convención de la CEDAW. Aunque el mismo Comité de la CEDAW ha expresado opiniones claras sobre la incompatibilidad de algunos tipos de reservas con el objetivo y propósito de la Convención, el Comité podría orientarse por la experiencia del Comité de los Derechos Humanos al tratar casos similares. Es decir, en el caso en que las reservas sean juzgadas como compatibles con el objetivo y el propósito de la Convención, el Comité de la CEDAW primero consideraría si la reserva se aplica al tema de la Comunicación. De ser así, el Comité no tendría la autoridad para proceder con su examen de la Comunicación. Por otra parte, si el Comité decide que la reserva entra en conflicto con el objetivo y el propósito de la Convención y que la comunicación cae dentro del alcance de la reserva incompatible, éste podría proceder según los derechos que corresponden a la queja. La posibilidad de que el Comité esté en disposición de atender quejas sobre la legitimidad de las reservas de los Estados Partes, ofrece la oportunidad de consolidar su cumplimiento con la Convención de la CEDAW en su totalidad.

Fuente: “Understanding the Optional Protocol to the Women’s Convention: A Guide to Adoption”. Escrito para IWRAW Asia Pacific por Laboni Amena Huq (1999).

 

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Esta página se actualizó por última vez el 24 de julio del 2006

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