¿Cuándo entra en vigor el Protocolo Facultativo de la CEDAW a nivel nacional?
El texto del Protocolo de la CEDAW (Artículo 16) establece claramente que el tratado entraría en vigor como un instrumento jurídico internacional vinculante inmediatamente después de que el décimo Estado haya expresado su consentimiento para convertirse en Estado Parte del mismo. De acuerdo a esta provisión, el Protocolo Ocional de la CEDAW entró en vigor el 22 de diciembre del 2000.
En el caso de los Estados que ratificaron el Protocolo de la CEDAW antes de que éste entrara en vigor internacionalmente, se considera que entró en vigor a nivel nacional el 22 de diciembre del 2000.
En el caso de los demás Estados, el Protocolo Facultativo de la CEDAW entra en vigor en el Estado Parte que lo ratifica o que se adhiere a él, tres meses después de la fecha en la que el instrumento de la ratificación o de la adhesión se ha depositado en la oficina del Secretario General de la ONU.
Este punto merece atención debido a sus consecuencias cuando se trae un caso bajo el Procedimiento para Comunicaciones del Protocolo de la CEDAW. Las violaciones sujeto de las comunicaciones deben haber ocurrido después de que el Protocolo de la CEDAW entrara en vigor en el país implicado; o si no, deben constituir violaciones de carácter continuo que tuvieron lugar antes de la entrada en vigor del tratado, pero que continuaron dándose también después de esa fecha.