1. El Comité examino el cuarto y quinto informes periódicos
de Argentina (CEDAW/C/ARG/4) y
(CEDAW/C/ARG/5) en su sesione 584, celebradas el 16 de Agosto
de 2002
(CEDAW/C/SR.584).
2. In introducing
the fourth and fifth periodic reports, the representative of Argentina
pointed out that the fourth and fifth periodic reports provided
information on implementation of the Convention during two presidential
periods under different political parties. However, the National
Women's Council (CNM), created ten years ago as an agency within
the national executive, had been continuously working on specific
objectives related to the implementation of the Convention regardless
of changes in political leadership.
3. The representative
provided an overview of her country's institutional, social and
economic situation with regard to the serious crisis which had
erupted in December 2001 and noted the ways in which this crisis
had affected women in particular. Unemployment rates had been
increasing since 1995, and had reached an historic high in 2002.
Sex disaggregated data on this phenomenon was available only for
the areas of Greater Buenos Aires (GBA) where the impact was higher
among men (23.2 %) than among women (20.1%). Despite the current
crisis the Government had taken steps to increase the number of
working women by fixing quotas for women in employment plans and
professional training.
4. A number
of emergency plans had been implemented by the Government in response
to the crisis, including a Food Emergency Plan to provide financial
assistance to purchase food; and a Male and
Female Heads of Household Plan to guarantee to eligible households
the Social Inclusion Family Right 2 including school attendance,
health care, training and placement in occupations. A health emergency
had been declared in order to guarantee access to basis health
care goods and services.
5. The representative
stated that women's mechanisms in Argentina were vulnerable to
the adjustment and reduction of public expenditure and that the
CNM had suffered budget cuts of 75% in 2000 and a further 27%
in 2001. The representative noted, however, that the CNM had continued
to implement most of its projected plans and programmes and had
developed others.
6. The National
Government, through the CNM as executing agency, had been implementing
the Federal
Plan for Women (PFM) aimed at institutional strengthening of national,
provincial and municipal women's machineries. Although the Plan
had undergone a total reduction of funding from fifteen to ten
million pesos, causing delays and the postponement of some activities,
accomplishments included the acquisition and distribution of computers
for all provincial Women's Area offices; the holding of seminars,
workshops and gender-related training and technical assistance,
and financial support to local projects dealing with gender sensitive
public policies. Two externally-funded programmes had also been
developed to mainstream gender into projects financed by the World
Bank and promote gender-sensitive family development.
7. With regard
to the Committee's concluding comments on the second and third
periodic reports in
1997, the representative described a number of actions which had
been taken by the Government. These included the enactment and
implementation of a quota law providing for the election of a
minimum of 30% of women to the National Congress. The results
of the reform had been demonstrated in the national elections
of 2001 in which women's participation reached the minimum level
of 30%.
8. The Government
had also taken steps to adjust the country's penal code to the
provisions of the Convention by passing the 1999 act on Crimes
Against Sexual Integrity, and had been developing procedures and
indicators for sex-disaggregated data collection and a gender
gap indicator system for monitoring and policy formulation.
9. With regard
to violence against women, the representative stated that legislatures
in twenty provinces had passed relevant laws dealing with, inter
alia, civil law jurisdiction, formal and informal marriages, mechanisms
for reporting violations of the law, family interaction, educational
and therapeutic programmes and treatments, and free medical and
psychological assistance. At the national level the tax reform
law of 2000 contained provisions for medical insurance, retirement,
and pensions for domestic workers and the Congress was considering
approximately ten bills dealing with the issue of sexual harassment.
Since 1999 legislation had been introduced addressing the problem
of alimony and penalties imposed for delinquency in payments.
10. The representative
acknowledged that there were fundamental issues which needed to
be addressed with regard to violence against women. These included
specialized assistance for women victims of violence, coordination
among various state agencies, easy and free-of-charge access to
legal protection and wider awareness of women's human rights.
11. With regard
to the Optional Protocol to the Convention, the representative
stated that, in April 2002, a request had been made by the Government
to withdraw the Protocol from consideration by the Congress. However,
the bill was still in the Senate, where an exchange of views on
its future approval was taking place.
(b) Concluding comments of the Committee
Introducción
12. El Comité agradece al Estado parte la presentación
del cuarto y quinto informes periódicos de la Convención,
que se ajustan a las directrices formuladas por el Comité
para la elaboración d e los Informes, así como las
respuestas proporcionadas a las consultas del grupo de trabajo
pre - sesión.
13. El Comité
agradece al Estado parte el envío de una Delegación
encabezada por la Presidenta del Consejo Nacional de la Mujer
de Argentina, a pesar de la grave crisis que afronta el país.
14. El Comité evaluó la grave crisis económica,
financiera, política y social que vive Argentina desde
2001 e hizo suya la decisión del Grupo de Trabajo pre -sesión
de solicitar al Estado parte que presentara información
amplia y actualizada sobre el impacto de la crisis en la población
femenina del país y decidió, en consecuencia, ajustar
su método de trabajo para el análisis de los Informes
ya que su contenido carece de actualidad.
15. Solicitud
de un Informe de seguimiento.
16. El Comité
manifiesta su insatisfacción por la falta de información
durante el dialogo constructivo sobre el impacto de la crisis
en la población femenina del país que incide negativamente
en la aplicación de la Convención; por ello el Comité
decide solicit ar al Estado parte, en cumplimiento de lo dispuesto
en el artículo 18.1, inciso b, de la Convención,
la presentación de un Informe de seguimiento, en Enero
de 2004 para que sea analizado por el Comité en Junio del
2004.
17. El Comité
aclara que en ningún caso el Informe de seguimiento sustituirá
la presentación del sexto informe periódico de Argentina,
previsto para el 14 de agosto del 2006, según lo dispuesto
en el artículo 18 de la Convención.
18. El Informe
de seguimiento solicitado deberá tener en cuenta las esferas
de preocupación de acuerdo a la Convención, señaladas
en los párrafos que se indican a continuación y
dar respuesta a las recomendaciones formuladas por el Comité
en estas observaciones finales, así como incluir información
amplia, actualizada y sistemática, incluyendo datos desagregados
por sexo en la medida de sus posibilidades, del impacto de la
crisis en la población femenina del país y de las
medidas adoptadas para reducir y superar sus efectos negativos
en las mujeres.
19. Principales
esferas de preocupación y recomendaciones.
20. Preocupa
al Comité la situación de las mujeres como resultado
del aumento creciente de la pobreza, y la pobreza extrema, que
se ha extendido a más de la mitad de la población,
y que puede recaer en forma desproporcionada en la población
femenina. En especial, preocupan al Comité las mujeres
jefas de hogar que viven en la pobreza y se encuentran desocupadas,
con hijas e hijos a su cargo, las mujeres de las zonas rurales,
de las poblaciones indígenas y de los sectores más
vu lnerables de la población
21. El
Comité recomienda que el Estado parte preste especial y
permanente atención a la situación de las mujeres
y tome todas las medidas necesarias para evitar que el mayor peso
de la crisis recaiga sobre ellas, en especial en las zonas rurales,
las poblaciones indígenas y los sectores más vulnerables
de la población. También pide al Estado Parte que
en el Programa para Jefes y Jefas de hogar desocupadas y con hijos
menores de 18 años o discapacitados a su cargo, se tenga
en cuenta una perspectiva de género a fin de que los pocos
recursos para subsidios sociales de los que se dispone, puedan
distribuirse sin discriminación.
22. Preocupa
al Comité la precariedad del empleo femenino, en particular
la situación de las mujeres desempleadas y las trabajadoras
del sector informal.
23. El
Comité recomienda al Estado parte que se realicen todos
los esfuerzos necesarios para garantizar el cumplimiento de la
legislación laboral y proteger a las mujeres de la violación
de sus derechos laborales básicos y de los despidos discriminatorios.
24. Preocupa
al Comité la lata tasa de mortalidad materna y que, con
el creciente deterioro de los servicios de salud, las mujeres
y en particular, las que se encuentran en situación de
vulnerabilidad, se vean desprotegidas de su derecho a la atención
integral a la salud, en particular la salud sexual y reproductiva.
Asimismo, el Comité expresa preocupación porque,
en este contexto crítico, se tienda a incrementar la incidencia
del VIH/SIDA, especialmente entre las mujeres.
25. El
Comité recomienda que el Estado parte garantice el acceso
de las mujeres a los servicios de salud, incluyendo la salud sexual
y reproductiva y que adopte las medidas necesarias para reducir
la alta tasa de mortalidad materna. El Comité recomienda
al Estado parte prestar especial atención a la prevención
y lucha contra el VIH/SIDA.
26. Preocupa
al Comité que la crisis haya afectado sensiblemente el
acceso de las mujeres, en particular de las niñas, a la
educación publica por falta de recursos para iniciar o
continuar sus estudios.
27. El
Comité recomienda al Estado parte que se desplieguen todos
los esfuerzos posibles para garantizar el acceso de las niñas,
en condiciones de igualdad con los niños, a la educación,
prestando especial atención a aquellas de s ectores más
vulnerables.
28. Preocupa
al Comité que si bien el Estado parte cuenta con un amplio
marco normativo en el ámbito de la prevención y
tratamiento de la violencia intrafamiliar, este problema se ha
agravado en la situación actual. Preocupa al Comit é
que la crisis pudiera aumentar el riesgo de la trata de mujeres
y niñas así como la explotación con fines
de prostitución.
29. El
Comité pide al Estado Parte que tenga en cuenta la Recomendación
19 sobre violencia contra la mujer y que se tomen todas las medidas
necesarias para proteger integralmente a las víctimas,
penalizar a los agresores y contrarrestar la tendencia creciente
de esta problemática. El Comité solicita al Estado
parte que evalúe la problemática de la trata, sobre
todo, de mujeres y niñas y que refuerce las medidas internas
y, en su caso, internacionales con países que constituyan
origen, tránsito o destino de la explotación de
las mujeres y niñas víctimas de trata, en particular
para prevenir la explotación de la prostitución.
30. El Comité
observa con preocupación el intento de desjerarquizacion
institucional del Consejo Nacional de la Mujer, así como
la falta de una estrategia formal de articulación y coordinación
entre las distintas agencias estatales.
31. El
Comité advierte de la importancia de la continuidad, autonomía
de gestión y coordinación del mecanismo nacional
para el avance de las mujeres en estos momentos de crisis en el
país y recomienda su fortalecimiento.
32. El
Comité recomienda al Estado parte incluir e involucrar
a las mujeres en el proceso de reconstrucción económica,
financiera, política y social del país.
33. El
Comité pide que Argentina de amplia difusión a las
presentes observaciones finales con objeto de que la población
del país, y en particular los funcionarios públicos
y los politicos tengan conocimiento de las medidas que se han
adoptado para asegurar la igualdad de hecho y de derecho de la
mujer, y las medidas que deben adoptarse par tal fin.
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