| Statement
by Gabriela Garcia Canova
CLADEM-Argentina
To the Committee on the Elimination of all forms of
Discrimination Against Women
On the Follow-up Report of the Government of Argentina
31st CEDAW Session, New York, USA
12 July 2004
Gracias senora
presidenta y demas miembros del Comite por permitir la participacion
de las ONGs en esta presentacion.
Soy Gabriela
Garcia Canova y estoy aqui en representacion de mis companeras de
CLADEM-ARGENTINA para senalar algunos de nuestros principales puntos
de preocupacion
Me interesa
detenerme en el impacto que esta crisis ha tenido en la salud de
las mujeres, especificamente en lo relativo a la salud sexual y
reproductiva, pues sabemos que la ausencia del Estado en esta esfera
afecta principalmente a las mujeres pobres.
I) Si bien las
organizaciones de mujeres aplaudimos la sancion de la ley nacional
25763 en el ano 2002 por la cual se crea el Programa Nacional de
Salud Sexual y Procreacion Responsable, la realidad nos indica que
esta no es suficiente para garantizar los referidos derechos.
La mencionada
ley crea un programa de atencion de la salud sexual y reproductiva
en el ambito del ministerio de salud a implementarse en todos los
subsistemas provinciales. A traves de este programa se garantiza
a la poblacion en general sin discriminacion alguna (a partir de
los 14 anos) el acceso a la informacion, educacion y servicios vinculados
a su salud y comportamiento reproductivo especialmente el asesoramiento
y suministro de metodos anticonceptivos de caracter reversible.
Preve tambien
que se brinde educacion sexual en las escuelas publicas y la capacitacion
del personal de la salud.
Sin embargo
esta ley adolece a nuestro entender de los siguientes inconvenientes.
1. No obliga
a las escuelas privadas a brindar educacion sexual..
2. Los centros de salud confesionales quedan exceptuados de prescribir
y suministrar metodos anticonceptivos.
3. Los medicos y profesionales de los centros estatales pueden
aducir objecion de conciencia para no brindar este asesoramiento,
sin que su provision este adecuadamente asegurada en el mismo
servicio y sin demoras.
4. No esta incluida la anticoncepcion de emergencia aunque esta
es legal en nuestro pais.
II) En lo relativo
a la implementacion de este programa, debemos recalcar que esta
ha sido y es muy desigual. Siendo que nuestra Constitucion establece
un regimen federal de gobierno, los sistemas de salud se encuentran
descentralizados en manos de los gobiernos locales, quienes deben
adherirse a la ley nacional o sancionar leyes equivalentes, lo cual
no ha ocurrido en muchas de nuestras provincias, sobre todo en aquellas
mas pobres del pais.
Esto ha impedido
que las mujeres del interior del pais puedan gozar de sus derechos
sexuales y reproductivos. Debemos senalar que la responsabilidad
estatal abarca tambien los comportamientos de los Estados locales,
mas aun siendo que en nuestro pais la Cedaw ha sido incorporada
a nuestra Constitucion Nacional.
III) En tercer
lugar ha de senalarse que, incluso en aquellas provincias que se
han adherido a la ley nacional, la implementacion del programa no
ha sido completamente satisfactoria, ya sea por fallas en el mecanismo
de distribucion de los insumos, por la negativa de aplicar ciertos
metodos como el diu, la falta de personal y de adecuada capacitacion,
las dificultades que acarrea el instituto de objecion de conciencia,
etc. La deficiente implementacion del Programa de Salud Sexual y
Procreacion Responsable afecta principalmente a aquellas mujeres
que no tienen acceso servicios de salud privados.
Se hace necesario
implementar mecanismos de monitoreo del programa con participacion
de la sociedad civil.
IV) Otro punto
a tener en cuenta es que las hospitalizaciones por aborto han aumentado
en un 45% en relacion a 1995. De las 78894 internaciones ocurridas
en el 2000, 11015 corresponden a adolescentes entre 15 y 19 anos.
En el 2001, se registraron tambien muertes maternas en ninas entre
10 y 14 anos por aborto. Apenas hace una semana hemos lamentado
la noticia, a traves de los medios de comunicacion, de la muerte
de dos mujeres en un mismo dia por complicaciones por abortos clandestinos.
A pesar de todo esto no existe normatina nacional ni provincial
( salvo en la provincia de Mendoza) relativa a la atencion post
aborto.
Llama la atencion
en el informe oficial, la afirmacion de que el aborto es ilegal
en la Argentina, sin aclarar que existen supuestos de aborto no
punible, que por otra parte no han sido debidamente reglamentados
aun.
Ademas,las mujeres
que llegan a los hospitales con complicaciones por abortos mal realizados
son sometidas a tratos crueles y degradantes por parte de los agentes
sanitarios, desde malos tratos hasta la terminacion de los abortos
sin anestesia. De esta manera el sistema de salud se transforma
en juez de estas mujeres, a quienes desde un principio el Estado
no les ha brindado la oportunidad de prevenir embarazos no deseados.
Puesto que disponemos
de poco tiempo para hablar, les agradeceria a los miembros del Comite,
que en lo relativo a violencia sexual, prostitucion y HiV, lse remitiesen
al informe sombra que las ONGs aregntinas hemos presentado.
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