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Statement by Gabriela Garcia Canova
CLADEM-Argentina
To the Committee on the Elimination of all forms of
Discrimination Against Women
On the Follow-up Report of the Government of Argentina
31st CEDAW Session, New York, USA

12 July 2004

Gracias senora presidenta y demas miembros del Comite por permitir la participacion de las ONGs en esta presentacion.

Soy Gabriela Garcia Canova y estoy aqui en representacion de mis companeras de CLADEM-ARGENTINA para senalar algunos de nuestros principales puntos de preocupacion

Me interesa detenerme en el impacto que esta crisis ha tenido en la salud de las mujeres, especificamente en lo relativo a la salud sexual y reproductiva, pues sabemos que la ausencia del Estado en esta esfera afecta principalmente a las mujeres pobres.

I) Si bien las organizaciones de mujeres aplaudimos la sancion de la ley nacional 25763 en el ano 2002 por la cual se crea el Programa Nacional de Salud Sexual y Procreacion Responsable, la realidad nos indica que esta no es suficiente para garantizar los referidos derechos.

La mencionada ley crea un programa de atencion de la salud sexual y reproductiva en el ambito del ministerio de salud a implementarse en todos los subsistemas provinciales. A traves de este programa se garantiza a la poblacion en general sin discriminacion alguna (a partir de los 14 anos) el acceso a la informacion, educacion y servicios vinculados a su salud y comportamiento reproductivo especialmente el asesoramiento y suministro de metodos anticonceptivos de caracter reversible.

Preve tambien que se brinde educacion sexual en las escuelas publicas y la capacitacion del personal de la salud.

Sin embargo esta ley adolece a nuestro entender de los siguientes inconvenientes.

1. No obliga a las escuelas privadas a brindar educacion sexual..

2. Los centros de salud confesionales quedan exceptuados de prescribir y suministrar metodos anticonceptivos.

3. Los medicos y profesionales de los centros estatales pueden aducir objecion de conciencia para no brindar este asesoramiento, sin que su provision este adecuadamente asegurada en el mismo servicio y sin demoras.

4. No esta incluida la anticoncepcion de emergencia aunque esta es legal en nuestro pais.

II) En lo relativo a la implementacion de este programa, debemos recalcar que esta ha sido y es muy desigual. Siendo que nuestra Constitucion establece un regimen federal de gobierno, los sistemas de salud se encuentran descentralizados en manos de los gobiernos locales, quienes deben adherirse a la ley nacional o sancionar leyes equivalentes, lo cual no ha ocurrido en muchas de nuestras provincias, sobre todo en aquellas mas pobres del pais.

Esto ha impedido que las mujeres del interior del pais puedan gozar de sus derechos sexuales y reproductivos. Debemos senalar que la responsabilidad estatal abarca tambien los comportamientos de los Estados locales, mas aun siendo que en nuestro pais la Cedaw ha sido incorporada a nuestra Constitucion Nacional.

III) En tercer lugar ha de senalarse que, incluso en aquellas provincias que se han adherido a la ley nacional, la implementacion del programa no ha sido completamente satisfactoria, ya sea por fallas en el mecanismo de distribucion de los insumos, por la negativa de aplicar ciertos metodos como el diu, la falta de personal y de adecuada capacitacion, las dificultades que acarrea el instituto de objecion de conciencia, etc. La deficiente implementacion del Programa de Salud Sexual y Procreacion Responsable afecta principalmente a aquellas mujeres que no tienen acceso servicios de salud privados.

Se hace necesario implementar mecanismos de monitoreo del programa con participacion de la sociedad civil.

IV) Otro punto a tener en cuenta es que las hospitalizaciones por aborto han aumentado en un 45% en relacion a 1995. De las 78894 internaciones ocurridas en el 2000, 11015 corresponden a adolescentes entre 15 y 19 anos. En el 2001, se registraron tambien muertes maternas en ninas entre 10 y 14 anos por aborto. Apenas hace una semana hemos lamentado la noticia, a traves de los medios de comunicacion, de la muerte de dos mujeres en un mismo dia por complicaciones por abortos clandestinos. A pesar de todo esto no existe normatina nacional ni provincial ( salvo en la provincia de Mendoza) relativa a la atencion post aborto.

Llama la atencion en el informe oficial, la afirmacion de que el aborto es ilegal en la Argentina, sin aclarar que existen supuestos de aborto no punible, que por otra parte no han sido debidamente reglamentados aun.

Ademas,las mujeres que llegan a los hospitales con complicaciones por abortos mal realizados son sometidas a tratos crueles y degradantes por parte de los agentes sanitarios, desde malos tratos hasta la terminacion de los abortos sin anestesia. De esta manera el sistema de salud se transforma en juez de estas mujeres, a quienes desde un principio el Estado no les ha brindado la oportunidad de prevenir embarazos no deseados.

Puesto que disponemos de poco tiempo para hablar, les agradeceria a los miembros del Comite, que en lo relativo a violencia sexual, prostitucion y HiV, lse remitiesen al informe sombra que las ONGs aregntinas hemos presentado.

 

This page was last updated on February 21, 2005

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